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Título : Conflictos jurídicos-éticos de los fiscales y regulación positiva del principio de igualdad en la Fiscalía Penal de Pasco, 2022
Autor : Llanos Chavez, Brayan Gerlis
Asesor : Huaringa Revilla, Ernesto César
Palabras clave : Conflictos jurídicos;conflictos éticos;fiscales;regulación positiva;principio de igualdad fiscalía penal
Fecha de publicación : 17-dic-2024
Editorial : Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión
Resumen : En la vida social, hay un conjunto de reglas que nos guían sobre cómo comportarnos o qué conductas debemos adoptar en relación con las normas jurídicas. Estas normas se establecen mediante diferentes mecanismos: pueden ser promulgadas por el legislador o el juez (leyes o sentencias), acordadas entre las partes (contratos) o emitidas por el órgano administrativo del Estado (reglamentos y acuerdos). Es necesario establecer que una norma es válida, significativa y obligatoria. Sus destinatarios deben realizar u omitir lo que se ordena en su contenido. El fundamento de su validez radica en otras normas de rango superior. La fuerza obligatoria de las reglas normativas no debe buscarse en un hecho, sino en la autoridad que ha promulgado las normas válidas, las cuales pueden ser expedidas por la autoridad competente. Dicha competencia se basa en la norma que faculta al sujeto para formular otras normas. El conflicto es un fenómeno inherente a toda sociedad, constituyendo un hecho social fundamental en la vida comunitaria. Las disputas han sido una constante a lo largo de la historia, presentes en todas las épocas y sociedades. La valoración como inmoral o reprochable del conflicto, así como de las acciones de los involucrados, a menudo depende de la perspectiva desde la cual se observe y evalúe el conflicto. El progreso social, vinculado a la noción de cambio, rara vez es resultado de las luchas sociales. Innovaciones como el radar, el sonar, los aviones a reacción, los helicópteros, la energía nuclear e Internet son ejemplos de avances tecnológicos que han revolucionado la vida de las personas. La ética fiscal tiene como objetivo obtener los recursos necesarios para satisfacer las demandas de la sociedad. Se enfoca en la doctrina social cuando afirma que la razón pública orienta el bien colectivo, produciendo efectos positivos en la justicia para lograr el crecimiento del empleo y sostener las actividades económicas sin fines de lucro. El Estado debe prevenir cualquier despilfarro de los fondos públicos, así como evitar los abusos y las injusticias cometidas por sus funcionarios. Al considerar este aspecto desde nuestra propia realidad, se evidencia un gran déficit en un estudio de opinión pública sobre cultura política. La ética fiscal sugiere que los tributos deben ajustarse a las posibilidades de cada contribuyente. De acuerdo con el principio de capacidad económica, las leyes fiscales deberían eximir a aquellos que tienen mayores recursos. La acción positiva es el mecanismo implementado para acelerar el proceso de igualdad de hecho entre hombres y mujeres. Se trata de un enfoque integral que incluye programas, medidas o mecanismos diseñados para alcanzar la igualdad real entre diversos grupos, no solo entre hombres y mujeres, sino también en relación con ciertas etnias, personas con discapacidad y aquellas con orientaciones sexuales que han sido históricamente no aceptadas. La regulación más significativa de esta acción se encuentra en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Las medidas se comunican a través de normas, decisiones judiciales o resoluciones oficiales. Desde el inicio de la implementación de acciones positivas, ha habido controversia en torno a su aplicación y los argumentos en contra de estas. El acceso a la educación, el empleo, la vivienda, los fondos públicos y la representación política para sectores discriminados en la sociedad se enfrenta a la discriminación positiva; la acción positiva tiene como objetivo eliminar los obstáculos y las condiciones específicas que impiden alcanzar la igualdad efectiva, brindando beneficios a las personas que han sido desfavorecidas debido a la discriminación, resultado de prácticas o sistemas sociales y culturales. La igualdad se refiere a la situación en la que dos o más personas o cosas son consideradas iguales, con los mismos derechos o igualdad de jure, tal como está establecido en la Constitución Política; para lograr la igualdad real o sustantiva, es necesario ir más allá de la igualdad formal que se encuentra en leyes y normas. Las medidas implementadas deben ser temporales y eliminarse una vez que se haya corregido la situación. La igualdad formal entre hombres y mujeres se convierte en discriminación al vivir en una sociedad patriarcal, donde el hombre es el referente humano. Esto hace que las mujeres nazcan en un contexto de relaciones de poder asimétricas. La discriminación hacia las mujeres ocurre cuando hay distinción, exclusión o restricción fundamentada en el sexo. Se manifiestan diversas formas de distinción cuando se aplica un trato diferenciado que resulta en exclusión.
URI : http://repositorio.undac.edu.pe/handle/undac/5318
metadata.dc.contributor.email: gllanosc@undac.edu.pe
Derechos: info:eu-repo/semantics/openAccess
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