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Título : La institución jurídica del divorcio y la protección del interés superior del niño en la localidad de San Juan Pampa, Pasco, 2019
Autor : Pandal Mamani, Merly Jazmin
Asesor : Paucar Coz, Degollación Andrés
Palabras clave : Divorcio;Interés Superior del Niño
Fecha de publicación : 10-dic-2021
Editorial : Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión
Resumen : El Divorcio definido como la disolución del vínculo matrimonial deja a los cónyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio. El Divorcio es la ruptura del vínculo conyugal, pronunciado por tribunales, a solicitud de uno de los esposos, (Divorcio por causa determinada) o de ambos (Divorcio por mutuo consentimiento), sanción resultante de una acción encaminada a obtener la disolución del matrimonio. El divorcio es sinónimo de rompimiento absoluto y definitivo del vínculo matrimonial entre los esposos, por la intervención de una autoridad judicial facultada por las leyes. El divorcio, disuelve el matrimonio, con todos sus efectos, y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. La institución del divorcio es casi tan antigua como la del matrimonio, si bien muchas culturas no lo admitían por cuestiones religiosas, sociales o económicas. El divorcio, debe lograrse por sentencia judicial, los habilitaba para contraer nuevamente matrimonio. En la antigua Grecia existía el divorcio por mutuo disenso y la repudiación, pero el hombre debía restituir la dote a la familia de la mujer en caso de separación. En los inicios del cristianismo, el divorcio era admitido, con el tiempo la iglesia fue prohibiendo. A partir del Concilio de Trento, se impuso la teoría del carácter indisoluble del vínculo, admitiendo la separación de cuerpos. El divorcio ha causado grandes debates en los países católicos, la Iglesia Católica no considera posible el divorcio de las personas hasta la década de los años 80 del siglo pasado. En el Derecho Romano, la disolución del matrimonio se conocía como Divortium, se producía por diversas razones: Por incapacidad matrimonial de cualquiera de los contrayentes; por la muerte de uno de ellos; por el incestus superveniens, que ocurría cuando el suegro adoptaba como hijo a su yerno y los cónyuges quedaban en condición de hermanos. En la Legislación Francesa no estaba permitido el divorcio, el matrimonio era considerado indestructible, eclesiástico y sagrado, pero a partir de la revolución de 1739, se abrió la posibilidad de dar por terminado al matrimonio mediante el Divorcio-Contrato y posteriormente el Divorcio-Sanción. El interés superior del niño respeta el principio de la igualdad de los padres con una concepción de derechos y facultades hasta los sistemas de custodia conjunta, destacando los principios de la igualdad de los padres y el interés superior del niño íntimamente ligados. El interés superior del niño consiste en integrar, niños, niñas y adolescentes, que producen sus derechos. Participar en la toma de decisiones como: derecho a la educación inclusiva, a la salud y rehabilitación de calidad, de acceso a la justicia, a proveerles de ajustes o adaptaciones que faciliten. Los postulados anteriormente señalados representan para los centros residenciales la oportunidad de asumir procesos de inclusión, acogiendo las necesidades especiales desde el diseño de los proyectos de funcionamiento, asegurando en la práctica cotidiana la incorporación de ajustes para la atención en el marco de respeto de sus derechos. En la protección residencial con el objeto de restablecer a la brevedad posible el derecho del niño, niña y adolescente a vivir en familia y mantener sus vínculos afectivos. Brindarle ayuda técnica con dispositivos, equipo, instrumentos, tecnología y software para restablecer el interés superior del niño. Hay que acoger a los niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos con discapacidad y problemas críticos, manejando el sentido de los derechos humanos que actualiza y avanza hacia una visión inclusiva y social de las personas con discapacidad o capacidades diferentes. El perfil de los niños, niñas y adolescentes ingresados a la línea de atención residencial combina características individuales, familiares y del entorno que desembocan en la separación del niño/a o adolescente de su familia de origen. Las prácticas negligentes, abusivas o maltratadoras generan alteraciones que se evidencian a través de diferentes trastornos del apego, del desarrollo o del comportamiento socio-emocional del niño/a o adolescente. El ambiente socio-comunitario en que viven los niños, niñas y adolescentes potenciales usuarios/a de los centros residenciales corresponde a contextos de pobreza e indigencia, con problemas de vivienda y de satisfacción de necesidades básicas, caracterizados por la exclusión social y dificultad para acceder a bienes y servicios sociales. Los centros residenciales deben constituir ambientes emocionalmente protectores y seguros, para la población atendida, con condiciones de vida apropiadas para favorecer la personalización de la atención durante la estadía, la convivencia y el desarrollo integral del niño/a o adolescente, mientras se define su situación familiar y se restituyen sus derechos de vivir en una familia en forma estable.
URI : http://repositorio.undac.edu.pe/handle/undac/2408
metadata.dc.contributor.email: merlyjaz69@gmail.com
Derechos: info:eu-repo/semantics/openAccess
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