Ejercicio de la administración de justicia y resolución del delito continuado en el distrito judicial de Pasco, 2020
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Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión
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La crisis del ejercicio de la Administración de Justicia en nuestra región de Pasco
es resultado de la crisis estructural del Estado Peruano, por su incapacidad para
ordenar y encausar la política y el derecho, satisfaciendo las necesidades.
El Estado peruano durante el periodo Republicano, no ha propiciado la
integración y el desarrollo nacional; los ciudadanos del Estado y las instituciones
públicas resultan favorables para los ciudadanos de la localidad.
La reacción de la población peruana ante la Administración de Justicia presenta
desconfianza. Se percibe como atentado a los intereses de los litigantes, contra el litigio,
surgiendo las denuncias, causando errores judiciales. El peruano sospecha que el
contacto con el aparato judicial implica un riesgo
La administración de justicia en nuestro medio está desacreditada por la pérdida
de confianza ante sí mismo y ante los demás. El mayor por sentaje de los ciudadanos
manifiesta tener una imagen negativa del Poder Judicial, como resultado de la
evaluación cotidiana.
“El principio de igualdad ante la ley es un derecho fundamental de la
persona, su reconocimiento normativo es nacional e internacional. Parte del
principio de la igualdad de las personas y la prohibición de la discriminación”
(Uriarte, F. 2000, p.45).
La igualdad implica el reconocimiento de goce y ejercicio de los derechos. La
Declaración Universal de Derechos Humanos, protege a la sociedad según la ley.
Todos tenemos derecho a la protección contra la discriminación.
La administración de justicia tiene un rol importante en el proceso de
democratización de la sociedad cumpliendo sus funciones según las reformas del
Estado.
El sistema penal como instrumento legal, aporta la solución satisfactoria a los
delitos contra el patrimonio mediante la protección social, respetando los derechos de
los ciudadanos. El delito continuado es un delito reiterado, ya que el bien jurídico es
iv
cautelado en forma consistente para la libertad de la vida, justificando la satisfacción de
la conducta del sujeto pasivo.
El delito continuado está constituido por dos o más acciones u omisiones
separadas por cierto tiempo que integra cada una de ellas por separado con la misma
figura fundamental de delito, valorando como uno sola razón de la homogeneidad de
sus elementos.
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