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http://repositorio.undac.edu.pe/handle/undac/5298
Título : | Obligatoriedad de las condiciones de la investigación preparatoria y garantía del derecho de defensa del procesado en el juzgado penal de Pasco, 2022 |
Autor : | Livia Oscco, Mayoshi Jeraldine |
Asesor : | Paucar Coz, Degollación Andrés |
Palabras clave : | Obligatoriedad;investigación preparatoria;garantía;derecho de defensa;procesado |
Fecha de publicación : | 18-dic-2024 |
Editorial : | Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión |
Resumen : | La corrupción de funcionarios se ha convertido en un problema cada vez más grave en nuestro país, afectando la confianza de los ciudadanos en el sistema y socavando la conciencia de responsabilidad social. Esto plantea la necesidad de discutir las figuras jurídicas que siempre están presentes en este contexto. El Ministerio Público forma parte de la institucionalidad, es el llamado a impulsar la reforma de la justicia en el Perú. Reforma en el ámbito de la persecución penal, que se traduce en la existencia de un aparato público eficiente y eficaz. (López, E. 2011, p.87) Las limitaciones del fiscal como director de la investigación del delito en Perú, de acuerdo con la práctica judicial, incluyen la falta de objetividad, los vestigios de un sistema inquisitivo, deficiencias en la formación profesional y el incumplimiento del principio de legalidad. El proceso común, establecido en el Nuevo Código Procesal Penal de 2004, está organizado de manera secuencial y se compone de las siguientes etapas: investigación preparatoria, etapa intermedia y juicio oral. La etapa intermedia es crucial, ya que permite avanzar hacia el juicio oral. En esta fase se lleva a cabo una audiencia de preparación y saneamiento, donde se discute si hay causa probable suficiente para someter el caso al debate probatorio en el juicio oral. Esta etapa actúa como un filtro, con la función de corregir errores y controlar los requisitos basados en la imputación y acusación por parte del acusador y del órgano judicial, determinando si es viable convocar un debate penal completo en el juicio oral o si se procede al sobreseimiento o preclusión del proceso. (Loor, K. 2010, p.125) El juicio oral es la fase de juzgamiento que se rige por los principios de inmediación, contradicción, concentración, oralidad y publicidad. Durante esta etapa se presentan todos los medios de prueba admitidos a las partes para su respectivo debate en el plenario, que será posteriormente valorado por la judicatura, ya sea unipersonal o colegiada, con el objetivo de fundamentar una sentencia condenatoria o absolutoria. El cambio que ha traído el Nuevo Código Procesal Penal es la etapa de investigación preparatoria, la etapa de investigación está en manos del Juez Instructor, pasa a la función esencial del Ministerio Público, quedando el Juez como un tercero imparcial que controla los actos de investigación, se llama el juez de garantías. (Maza, P. 2017, p.87) La defensa técnica es una garantía que presta los estados a sus ciudadanos, aparece en la Grecia antigua; surgió el abogado como defensor de los casos ante la existencia de los conflictos asumiendo la defensa técnica. Los abogados que están capacitados ponen de manifiesto el dominio de las artes de la persuasión y el conocimiento de la Ley. La comunidad que vive del derecho en el mundo es inmensa: abogados, jueces, procuradores y profesores de derecho. Si la defensa técnica y la justicia se paraliza, la anarquía conduce a la destrucción del mundo, porque confiar en la defensa de la propia razón o derecho por los propios medios del afectado, conduce al atropello de los derechos de las personas. (Loor, K. 2010, p.105) La defensa técnica de los abogados ha evolucionado a lo largo del tiempo. Para que un abogado pueda asumir la defensa técnica o representar un caso, debe cumplir con una serie de requisitos establecidos en el Código Orgánico de la Función Judicial y en la normativa fiscal. Los abogados y operadores de justicia deben contar con: un título de abogado, el ejercicio de los derechos de participación política y estar inscritos en el colegio de abogados, conforme a las disposiciones legales. Tienen la capacidad de prevenir cualquier violación de derechos, según lo estipulado por los tratados internacionales de derechos humanos, la Constitución y las leyes ordinarias y extraordinarias. El derecho a la defensa es un elemento fundamental para el desarrollo del derecho, su origen tácito se encuentra en el derecho romano, donde existían procedimientos judiciales claramente definidos por el jurista Ulpiano. Este derecho se basa en tres principios latinos: "honeste vivere" (vivir honestamente), "alterum non laedere" (no perjudicar al otro) y "umm quique tribuer" (dar a cada uno lo que le corresponde), destacando especialmente los dos últimos en relación con el derecho a la defensa. (Manrique, A. 2022, p.65). Un aporte significativo proviene del filósofo romano Justiniano y sus doce tablas, donde se establece que el acusado debe contar con un defensor en el proceso, conocido en latín como "advocatus", que se traduce como "el llamado".El principio "nemotenetur se ipsum", que significa que nadie puede representarse a sí mismo como culpable o defenderse, tiene su origen más destacado en la declaración de derechos de los Estados Unidos. |
URI : | http://repositorio.undac.edu.pe/handle/undac/5298 |
metadata.dc.contributor.email: | mliviao@undac.edu.pe |
Derechos: | info:eu-repo/semantics/openAccess |
Aparece en las colecciones: | Derecho |
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